Con información de Atlantikas.
El Gobierno de Venezuela oficializó este lunes a través de la Gaceta Oficial el decreto de Estado de Conmoción Exterior, una medida de excepción sin precedentes que otorga poderes extraordinarios al Ejecutivo tras la captura de Nicolás Maduro.
El decreto, que lleva la firma de Maduro (fechado el sábado) y el refrendo de la presidenta encargada Delcy Rodríguez, tendrá una vigencia inicial de 90 días, prorrogables a seis meses.
El eje más polémico de la norma es la instrucción inmediata a todos los cuerpos policiales para localizar y detener a cualquier ciudadano sospechoso de haber promovido o apoyado la incursión militar estadounidense. Este mandato se suma a la Ley de 2024, que ya establecía la inhabilitación política perpetua y la confiscación de bienes para quienes respalden acciones extranjeras contra el Estado.
Asimismo, el decreto establece la militarización total de sectores estratégicos:
- Servicios Públicos: El sistema eléctrico, hídrico y de telecomunicaciones queda bajo control castrense.
- Industria Petrolera: Los trabajadores de PDVSA y otras industrias básicas quedan sometidos temporalmente al régimen militar.
- Derechos Suspendidos: Se faculta al Ejecutivo para requisar bienes privados y suspender el derecho a la reunión y manifestación pública.
Esta es la primera vez en la historia de la Constitución de 1999 que se activa la figura del Estado de Conmoción Exterior. Aunque el texto afirma que se respetarán derechos fundamentales como la vida y el debido proceso, la inclusión de una «cláusula abierta» permite al régimen adoptar «cualquier otra medida» que considere necesaria para la defensa nacional.

