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Con información de Infobae.

El Gobierno de Estados Unidos, a través del Departamento de Seguridad Interior (DHS), ha decretado el fin de la autorización automática de prórroga de los Documentos de Habilitación Laboral (EAD) para los inmigrantes, medida que entrará en vigor el 30 de octubre de 2025. Esta determinación representa un giro drástico en la gestión migratoria y obliga a la población extranjera a tener el nuevo permiso en mano antes de continuar sus funciones profesionales, situación que repercutirá en miles de personas y numerosas empresas en el país.

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) emitió un boletín que confirma la supresión de la extensión transitoria de 540 días, una ventaja que, hasta ahora, permitía a los trabajadores seguir empleados legalmente mientras su petición de actualización era procesada.

La justificación principal del DHS para este ajuste estricto es la necesidad de intensificar los mecanismos de verificación y garantizar la seguridad nacional.

La autoridad migratoria argumenta que la política anterior obstaculizaba la realización de “controles de antecedentes completos y la verificación de datos biométricos” antes de revalidar el derecho a trabajar. Este cambio elimina un soporte clave para la estabilidad económica de solicitantes de asilo, cónyuges de poseedores de visados E, H y L, beneficiarios del TPS (bajo ciertas circunstancias) y quienes tramitan su residencia permanente.

A partir del 30 de octubre de 2025, las peticiones de renovación del EAD ya no se beneficiarán de la ampliación de 540 días. Esto significa que si un permiso expira, el individuo deberá cesar sus actividades hasta recibir el documento renovado y aprobado. Solo quedarán exentos de esta nueva exigencia casos muy puntuales ya previstos en la legislación federal.

USCIS advierte a los empleadores que deberán modificar sus procedimientos para certificar la elegibilidad laboral. Los comprobantes de recibo de la solicitud (Formulario I-797C) dejarán de ser válidos para demostrar la facultad de empleo para las renovaciones radicadas después de la fecha límite.

Se insta vigorosamente a los trabajadores inmigrantes a iniciar el proceso de renovación con la máxima antelación permitida (180 días) para reducir al mínimo el riesgo de perder su fuente de ingresos. El lineamiento es claro: si el EAD caduca antes de la resolución final, la persona queda impedida de ejercer su profesión.