Con información de 14ymedio 

Los cubanos en el exterior conservarán sus derechos a la residencia y no perderán sus propiedades independientemente del tiempo que lleven fuera del país, según la nueva Ley de Migración, cuyo anteproyecto fue publicado el lunes en la página del Parlamento junto con el de la Ley de Extranjería. La norma deja también otra destacada novedad y es la posibilidad de renunciar a la nacionalidad cubana y entrar a la Isla con un pasaporte que acredita una nueva ciudadanía.

Actualmente, los cubanos que dejan el país y no regresan en 24 meses pierden su condición de residentes y, con ella, muchos derechos inherentes, desde la atención médica a las propiedades. Sin embargo, sí estaban obligados a ingresar en la Isla con su pasaporte cubano, uno de los más caros del mundo, con un costo de 180 dólares.

Con la nueva norma, se crea la categoría de la residencia efectiva migratoria, «condición que alcanzan los ciudadanos cubanos y los extranjeros residentes, cuando permanecen (…) la mayor parte de su tiempo en el territorio nacional, o mediante una combinación de un período de permanencia y otras evidencias materiales que demuestren arraigo en el país”. Quienes obtienen esta categoría ostentan los derechos que la Constitución cubana reserva a los nacionales.

En cuanto a los residentes, se dividen en dos: los residentes en el territorio nacional (que pueden ser temporales o permanentes) y los residentes en el exterior. En esta última se encuentran los que viven fuera de Cuba, los que antes de esta ley se consideraban emigrados –y podrán solicitar su nuevo estatus– y los inversores y «de negocios», que participan en el modelo económico cubano.

La norma regula también las condiciones de entrada y salida, así como las limitaciones, entre las que siguen estando las razones de seguridad e interés nacional y algunos otros motivos de carácter discrecional, así como otras habituales en las leyes internacionales que incluyen motivos de carácter penal.