Con información de Miami Diario.

Tras las redadas que se han registrado en las últimas semanas por agentes policiales en Estados Unidos diversas organizaciones como la American Civil Liberties Union (ACLU) y el Centro de Recursos Legales para Inmigrantes (ILRC) desarrollaron algunas guías y recursos para proteger a los migrantes ante posibles abusos.

Explicaron que existen diversas opciones para manejar esta situación por la vía legal. Generalmente estas recomendaciones buscan brindar una capa de seguridad a quienes enfrentan situaciones de este tipo.

En ese sentido, destacaron que los migrantes deben saber qué documentos presentar, cuándo permanecer en silencio y qué derechos constitucionales se aplican, puede marcar una diferencia crucial.

A continuación, te explicamos qué pasos tomar si los agentes del ICE llegan a tu puerta. Toma nota y conoce qué documentos debes tener listos para protegerte legalmente:

La Constitución de Estados Unidos garantiza ciertos derechos fundamentales a todas las personas, sin importar su estatus migratorio. Si un agente del ICE toca tu puerta, recuerda lo siguiente:

  • No estás obligado a abrir la puerta: Los agentes solo pueden entrar si cuentan con una orden firmada por un juez. Puedes pedirles que deslicen el documento por debajo de la puerta o lo muestren a través de una ventana para verificarlo.
  • Derecho a permanecer en silencio: La Quinta Enmienda te protege de autoincriminarte. Si decides no hablar, di claramente: “Deseo permanecer en silencio”.
  • Acceso a representación legal: Puedes pedir hablar con un abogado antes de responder cualquier pregunta.

De la misma manera, los especialistas en inmigración recomiendan tener a mano los siguientes documentos, en caso de ser solicitados por un agente:

Documentos de identidad: Es importante que sean papeles que prueben quién eres, más no den información sobre tu estatus migratorio.

  • Licencia de conducir
  • Pasaporte o cédula

Documentación legal: Se deben mostrar si cuentas con estatus migratorio válido.

  • Green card
  • Documento de autorización de empleo (EAD)
  • Pasaporte extranjero con llegada/salida I-94 aprobado.
  • Pasaporte extranjero con sello I-551
  • Orden de asilo concedida por un juez.
  • Certificados de ciudadanía y de naturalización